jueves, 28 de abril de 2011

La Federación Venezolana de Maestros reunida en el III Consejo Consultivo Nacional



III Consejo Consultivo Nacional, período 2008-2011, realizado en la UTAL, San Antonio de Los Altos - Caracas, los día 13 y 14 de abril de 2011.

Considerando

Que el 24 de marzo de 2011 en Gaceta Oficial 39641 de la República Bolivariana de Venezuela fue publicada la resolución 017621 del Ministerio de la Defensa, que contiene el Plan Integral de Educación Militar de la Fuerza Armada Nacional, en flagrante abuso de poder.

Considerando

Que la resolución 017621 señala que la Educación Militar será el eje integrador dentro del Sistema Educativo Nacional, en violación flagrante de los fines de la educación establecidos en la Normativa Nacional e Internacional.

Considerando

Que se contraviene el carácter cívico, integral, humanista de la educación, al establecer que la materia “Educación para la Defensa Integral”, se constituya en el eje integrador en los subsistemas de Educación Básica y Universitaria.

Considerando

Que al legalizar la presencia de las milicias en nuestras escuelas y universidades con la atribución de implementar la materia “Educación para la Defensa Integral”, contraviene la obligatoriedad de que la educación esté a cargo de profesionales de la docencia.

Considerando

Que las milicias van a entrenar los niños y jóvenes venezolanos en aspectos militares para la defensa de la revolución, poniendo en riesgo la integridad física, psicológica y emocional de los mismos.

Considerando

Que la citada resolución 017621, viola flagrantemente principios, derechos y garantías consagrados en los artículos 78, 102 y 107 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el artículo 30 de la Ley Orgánica de Educación, en los artículos 32-A, 56 y 63 parágrafo primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, en el artículo 4 de la Ley que Prohíbe la venta de juguetes bélicos, las disposiciones contenidas en La Carta de la Declaración Internacional de los Derechos del Niño y Adolescente.

Considerando

Que la implementación de las disposiciones contenidas en la citada resolución atenta contra el derecho más sagrado que tienen nuestros niños, jóvenes y adolescentes, que es de llevar una vida y ejercer su derecho a la educación acorde con su propia condición natural de niño, joven y adolescente.

Considerando

Que la citada resolución atenta contra el derecho de padres y representantes de decidir la educación que quieren para sus hijos y de velar por el respeto y vigencia de los derechos humanos de sus hijos y representados.


Acuerda

PRIMERO: Exigir al Ejecutivo Nacional la revocatoria inmediata de la referida Resolución, porque materializa un abuso de poder y un exceso en sus potestades por parte del Ministerio de la Defensa

SEGUNDO: Rechazar toda inherencia militar en el sistema Educativo Nacional porque contradice los fines de la educación establecidos en la legislación nacional e internacional.

TERCERO: Exhortar al país nacional para promocionar objetivos, estrategias y actividades que promuevan la paz, tolerancia, respeto a la vida y apoyo a protección de la niñez.

CUARTO: Exigir al Ministerio de Educación y al Ministerio de la Defensa respeto por la carrera docente en el entendido que solo los profesionales de la docencia podrán ejercer funciones de enseñanza, orientación, evaluación, planificación, dirección, supervisión en el campo educativo.

QUINTO: Solicitar la nulidad inmediata de la Resolución 017621, emanada del Ministerio de la Defensa ante el órgano jurisdiccional competente, por ser nula de toda nulidad de conformidad con la Constitución y las leyes.

SEXTO: Alertar públicamente a las escuelas, liceos, Instituciones de Educación Superior, docentes, Asociaciones de vecinos, Sociedades de padres y representantes, Consejos Comunales y sociedad civil organizada para que se organicen y creen un frente parea impedir que se implementen la Disposiciones contenidas en la citada resolución.

SÉPTIMO: Se haga todo lo posible para publicar en prensa nacional, se publique en Docencia al Día, y que los SINVEMA, traten de publicar en prensa local.

OCTAVO: Que el presente acuerdo sea publicado y difundido por todos los medios de información y comunicación de la estructura organizativa de la Federación Venezolana de Maestros, dentro de los treinta días de su aprobación.

En San Antonio de Los Altos a los 14 días del mes de abril de 2011.

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